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La Guardia Nacional deberá ser regulada para el uso de la fuerza pública MAV
marzo 01, 2019
Por: Christian Velázquez
QUERÉTARO,QRO.- El Diputado Federal Marcos Aguilar Vega, pronunció en conferencia de prensa, que los Diputados Federales aprobaron en lo general y en lo particular, el dictamen de reforma constitucional para crear la Guardia Nacional, por consiguiente, ahora tocaría a los congresos locales realizar un análisis para aprobar dicho dictamen.
Como paso siguiente, explicó Marcos Aguilar, una vez aprobado, en el Congresos de la Unión se deberán promulgar las tres leyes complementarias basándose en los estándares y recomendaciones internacionales y al mismo tiempo se deberá garantizar la rendición de cuentas por violaciones a los derechos humanos.
En este sentido, de acuerdo con los artículos transitorios del dictamen, el Congreso de la Unión tiene un plazo de 60 días para expedir la ley de la Guardia Nacional, y 90 días naturales, para la expedición de las leyes nacionales que reglamentarán el uso de la fuerza y el registro nacional de las detenciones.
Como parte fundamental de estas leyes, debe contener una serie de elementos, tales como los mecanismos de coordinación y colaboración con las instituciones de seguridad pública de las entidades federativas y de los municipios, así como las reglas que determinarán las aportaciones que las corporaciones de ambos niveles, deberán realizar cuando soliciten su colaboración.
En este aspecto, la ley nacional sobre el uso de la fuerza, tiene como propósito establecer tres aspectos: la finalidad, el alcance y definición del uso de la fuerza pública, así como estipular quienes son los sujetos obligados a cumplir con esos lineamientos.
Aguilar Vega agregó con respecto a la tercera ley, correspondiente al tema del registro de detenidos, misma que deberá ser promulgada, es la Ley Nacional del Registro de Detenciones, con el objetivo de instituir las características, alcances y limitaciones de esta plataforma nacional.
El Diputado Federal resaltó, que se establecerán los procedimientos para inscribir a las personas tras haber sido detenidas, y los mecanismos de protección a sus datos personales, con criterios para reservar o clasificar como confidencial, determinados datos.
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