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INE recibe 2.9 millones de solicitudes para representantes generales de casillas

mayo 28, 2021

Se detecta para los próximos comicios, la responsabilidad ciudadana que representa estar en las casillas

Por: Christian Velázquez / Foto: Netnoticias.com

QUERÉTARO, QRO.- Alistándose para el próximo periodo electoral para el mes de junio, el Instituto Nacional Electoral (INE), informó que los partidos políticos solicitaron el registro de dos millones 987 mil 443 representantes generales y de casilla para las elecciones.

Este registro de representantes generales y ante mesas directivas de casilla concluyó el martes 25 de mayo en punto de las 18:00 h.

El INE señaló que con lo anterior se garantiza el acompañamiento en el desarrollo de la jornada electoral y el cómputo de votos, que es responsabilidad de los presidentes de casilla.

En el caso de los 10 partidos políticos nacionales, estos solicitaron el registro de 192 mil 151 representantes generales y dos millones 506 mil 419 representantes de casilla. Por su parte, entre todas las candidaturas independientes se registraron 30 mil 143 representantes generales y 481 mil 24 representantes de casilla.

De esta manera, los representantes de casilla podrán atestiguar que las actividades durante la jornada electoral se desarrollen conforme a la ley, así como que se realice el conteo correcto de votos una vez cerradas las casillas.

Asimismo podrán participar, a partir del 9 de junio, en la apertura de los paquetes electorales durante los cómputos distritales a fin de corroborar que no existió ninguna alteración de los votos que emitieron las y los ciudadanos en las urnas.

Conforme lo establece la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, los representantes de los partidos políticos y de candidaturas independientes recibirán una copia de las actas de escrutinio y cómputo de las casillas.

Representantes de partidos no deben obstruir labor de funcionarios de casilla

La Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales también determina en sus artículos 260 y 261 que la actuación de las y los representantes generales y ante mesas directivas de casilla de los partidos y de candidaturas independientes estará sujeta a diversas disposiciones, entre las que destacan las siguientes:

En ningún caso ejercerán o asumirán las funciones de las y los integrantes de las mesas directivas de casilla;

No obstaculizarán el desarrollo normal de la votación en las casillas en las que se presenten.

Es decir, la legislación no contempla que puedan visitar a las personas que integran las mesas directivas de casilla antes de los comicios.

Todos los actos que pueden constituir intimidación, presión o coacción a dichas funcionarias y funcionarios, no sólo atentan contra la eficacia de los trabajos a realizarse en el marco de las elecciones, sino que también podrían constituir delitos electorales al obstaculizar el desarrollo normal de la votación.

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