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Jueces suspenden Ley de Hidrocarburos

mayo 19, 2021

Se suspende de forma definitiva esta nueva reforma por considerar que fomenta el monopolio

Por: Christian Velázquez / Foto: MEGANOTICIAS

QUERÉTARO, QRO.- Por separado y en el mismo día, dos jueces federales otorgaron suspensiones definitivas a seis empresas que impugnaron la reforma a la Ley de Hidrocarburos.

Los jueces primero y segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializados en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones de la Ciudad de México, Juan Pablo Gómez Fierro y Rodrigo de la Peza López Figueroa, resolvieron diferentes juicios de amparo promovidos por distintas empresas.

De igual forma, ambos juzgadores determinaron conceder las suspensiones definitivas al considerar que la reforma a la Ley de Hidrocarburos impactará negativamente en las inversiones del sector y presuntamente en los consumidores, pues podría existir un aumento en los precios en ese sector.

Por su parte el juez Juan Pablo Gómez Fierro, en su resolución en el juicio de amparo 940/2021 consideró que: “contrariamente a lo señalado por las autoridades responsables, la paralización del Decreto reclamado no pone en riesgo la seguridad dentro del sector de hidrocarburos”.

El juez argumentó que, por el contrario, al restablecer el artículo 57 original, de esta misma ley: “permitía el restablecimiento provisional de una norma que fomenta condiciones de igualdad entre todos los participantes del sector y se suspende la posibilidad de que la autoridad sólo pueda contratar a empresas productivas del Estado”.

Mientras que el juez Rodrigo de la Peza argumentó en el amparo 935/2021 que: “Este juez considera / en el país no existen las condiciones materiales, ni se han implementado políticas públicas eficaces, para desarrollar la infraestructura que se requiere para el almacenamiento de petrolíferos; y que por ende, se visualiza la intención de privar de sus derechos a los permisionarios, para desplazarlos del mercado y lograr el objetivo político de fortalecer, dar ventaja y mayor presencia competitiva a las empresas productivas del Estado”.

En ambos casos, los jueces resolvieron otorgar la suspensión definitiva a favor de las empresas que interpusieron un amparo y ordenaron que la resolución sea de carácter general.

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