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Negocios que quieran abrir, primero deberán tener una constancia

junio 19, 2020

La supervisión de las medidas de higiene y sanitarias en los establecimientos, responden al objetivo de evitar que continúe la propagación del coronavirus, ahora en que los casos de contagio siguen, y paralelamente la reanudación de actividades

Por: Christian Velázquez / Foto: PC Querétaro

QUERÉTARO, QRO.- Para llevar a cabo la reapertura de actividades en el Estado de Querétaro, los negocios deberán previamente, enviar a la Coordinación Estatal de Protección Civil, un aviso donde manifiesten las características del establecimiento o centro de trabajo, así como la ubicación, denominación y el personal que labora en ese lugar, como también el responsable de la supervisión de las medidas sanitarias.

Uno de los objetivos es que las autoridades sanitarias y de protección civil en el ámbito de su competencia, puedan verificar el cumplimiento de las medidas aplicables a sus empresas, así como para el personal que realice actividades económicas y productivas en el estado de Querétaro.

Esto, luego de que la Secretaría de Salud del estado de Querétaro, informó, en el quinto punto, del “Acuerdo por el que se establecen las medidas sanitarias permanentes para la realización de las actividades económicas, productivas y sociales en el estado de Querétaro, durante la emergencia sanitaria de la enfermedad Covid-19”, donde se informa que la constancia obtenida con la presentación del aviso deberá colocarse en un espacio visible del establecimiento.  

La constancia de la presentación del aviso deberá permanecer en un espacio visible del centro de trabajo, establecimiento, puesto fijo o semifijo en el que se realicen actividades económicas y productivas, para dar certeza de cumplimiento en esta nueva realidad con semáforo en color naranja.

El aviso, agrega el acuerdo, podrá presentarse a través de la aplicación Covapp. Añade que este tendrá vigencia durante el año 2020 y se podrán establecer las disposiciones necesarias para su renovación; no obstante, precisa que la presentación del aviso no sustituye el cumplimiento de las obligaciones definidas por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y otras autoridades federales.

En caso de que las autoridades sanitarias y de protección civil detecten el incumplimiento con la presentación del aviso, puntualiza, se podrán suspender las actividades del establecimiento por un periodo de siete a 15 días naturales; sin embargo, la suspensión se levantará cuando se presente el aviso y mediante una solicitud que será resuelta en tres días naturales. Enfatiza que se procederá a la clausura en caso de reincidir en la omisión de la presentación del aviso.

Si la información manifestada no coincide con la operación del establecimiento, advierte, se impondrá una suspensión de 15 a 30 días naturales. En el supuesto de que reincida en la presentación de datos falsos, el establecimiento o centro de trabajo será clausurado.

Para adquirir este aviso, el responsable del centro laboral deberá ingresar y realizar su registro en la app queretana creada por el CIAS-CQ: COVAPP o través del sitio https://www.queretaro.gob.mx/covid19/

COVID19 | ESTÁ EN NUESTRAS MANOSPrograma «Vigilante Ciudadano» En apoyo a las familias queretanas que se encuentran en situación de vulnerabilidad alimentaria por las medidas sanitarias y restricciones preventivas para evitar el contagio y propagación de COVID-19, se activó un programa de ayuda social para las personas que se quedaron sin empleo o vieron mermados sus ingresos de manera significativa.www.queretaro.gob.mx
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