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Prohíben aplicar castigos físicos a niños
diciembre 11, 2020
Por: Christian Velázquez / Foto: Guía Infantil
QUERÉTARO, QRO.- Por unanimidad, la Cámara de Diputados aprobó las reformas a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y al Código Civil federal, que prohíben castigos corporales o humillantes.
En este sentido, dicha reforma puntualiza que queda prohibido no sólo para la madre o padre el uso de castigos o humillaciones, sino para cualquier persona en la familia que ejerza la patria potestad, tutela o guarda, custodia y crianza.
Es decir, manazos, pellizcos y jalones de orejas como castigo para niños quedarán prohibidos, así como todo tipo de sanción corporal y humillante como forma de corrección o disciplina.
Es así, que el dictamen define el castigo corporal o físico como todo aquel acto cometido en contra de niñas, niños y adolescentes en el que se utilice la fuerza física, incluyendo golpes con la mano o con algún objeto, empujones, pellizcos, mordidas, tirones de cabello o de las orejas, obligar a sostener posturas incómodas, quemaduras, ingesta de alimentos hirviendo u otros productos o cualquier otro acto que tenga como objeto causar dolor o malestar, aunque sea leve.
En lo que concierne al castigo humillante, este corresponde a cualquier trato ofensivo, denigrante, desvalorizador, estigmatizante, ridiculizador y de menosprecio, y cualquier acto que tenga como objetivo provocar dolor, amenaza, molestia o humillación cometido en contra de niñas, niños y adolescentes.
Acerca de las sanciones, éstas se basarán en el delito de violencia familiar, como agresión física o psicológica y de acuerdo al tiempo que tarden en sanar las lesiones.
Las penas en estos casos van de los tres meses a los ocho años de prisión y la pérdida de la patria potestad.
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