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Reforma de outsourcing complica relaciones comerciales
septiembre 28, 2021
Por: Christian Velázquez / Foto: Factor capital Humano
QUERÉTARO, QRO.- Con respecto a la erradicación del outsourcing, expertos estiman que habrá que enfrentarse a ciertos dilemas.
La reforma al outsourcing trajo consigo varios cambios a disposiciones fiscales como el Código Fiscal de la Federación, la Ley del ISR y la Ley del IVA.
En primer lugar, se determinó que no tendrán efectos fiscales los pagos por subcontratación en estos casos:
Cuando se desempeñen actividades relacionadas con el objeto social y con la actividad preponderante del contratante.
Cuando hayan sido trabajadores del contratante y hubieran sido transferidos al contratista mediante cualquier figura.
En cambio, sí tendrán efectos cuando no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la empresa y el contratista cuente con el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE).
Para el caso del ISR, se determinó que solamente podrán deducirse estos pagos cuando se tengan los siguientes documentos:
Recibo de nómina.
Recibo de pago de entero de retenciones emitido por una institución bancaria.
Recibo de pago de cuotas obrero patronales.
Por último, para acreditar el IVA, el contratante debe recabar la siguiente información:
Copia de la declaración del IVA del contratista.
El contratista debe entregar la copia a más tardar el último día del mes siguiente al que corresponda el pago.
En caso de que el contratante no la consiga, deberá presentar declaración complementaria de IVA para disminuir los montos de dicho concepto.
Problemas en las relaciones comerciales
Para algunos especialistas, estos cambios podrían traer problemas en las relaciones comerciales entre proveedores de servicios especializados y sus clientes.
Al respecto, Gilberto Treviño Cárdenas, socio del despacho Práctica Legal y Fiscal, resaltó que estos cambios obligan a la empresa contratista a compartir información muy importante sobre nómina, pago de impuestos y cuotas del IMSS a la empresa contratante.
Además, obligan al contratante a fiscalizar al contratista. Este es uno de los requisitos para acreditar el IVA y deducir el ISR, por lo que se convierte en una obligación para las empresas. De acuerdo con el especialista, estos cambios empezarán a traer problemas serios en octubre.
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