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Recorren escenario A hasta el 6 de junio en Querétaro
junio 01, 2021
Por: Christian Velázquez / Foto: El Economista
QUERÉTARO, QRO.- Con respecto al semáforo epidemiológico que hasta ahora ha venido marcando los escenarios por Covid-19 a lo largo y ancho de la República Mexicana, los integrantes del Comité Técnico de Salud dictaminaron mantener el Escenario A en Querétaro, con la regulación de actividades y aforos vigentes, hasta el 6 de junio; esto, como una medida para mitigar la propagación de contagios entre la población
En este sentido, los especialistas valoraron que los indicadores de la pandemia muestran una disminución de casos activos y decesos, además de que no se registraron muertes en tres días consecutivos, de acuerdo con los reportes de la Secretaría de Salud estatal (Seseq).
Ante estas condiciones, advirtieron que este comportamiento no es señal de que se ha neutralizado la pandemia, por lo que hicieron un llamado a no bajar la guardia y seguir con las medidas de prevención, como el uso de cubrebocas, lavado frecuente de manos con agua y jabón o alcohol en gel; mantener la sana distancia; ventilar espacios; así como evitar salidas innecesarias.
En el tema educativo, se estudia la propuesta de regreso a clases presentada por la Secretaría de Educación en el estado, la cual sugiere como fecha en agosto, teniendo como puntos a destacar una incorporación escalonada, cauta y voluntaria; así como la implementación de un protocolo sanitario que ofrezca un monitoreo constante de la sintomatología de maestras y maestros, alumnado y personal administrativo.
La decisión final será consensuada entre los mismos integrantes del Comité Técnico de Salud, con base en el comportamiento de la pandemia y de acuerdo a las condiciones generales que tengan a bien propiciar el bienestar de las comunidades educativas.
Cabe destacar que dentro de este escenario epidémico, que iniió desde el 23 de abril en que Querétaro pasó al Escenario A del Semáforo COVID-19, fue una medida en su momento vigente hasta el 9 de mayo.
“La decisión en congruencia con el índice de modulación de casos que ha registrado una disminución sostenida”
Pero, ¿que constituye dicho escenario A en nuestra entidad?
RESTAURANTES Y CENTROS NOCTURNOS
Restaurantes y/o Cafeterías (incluye restaurantes en viñedos). Cierre a las 23:00 horas, con 75% de ocupación. Se recomienda la instalación de medidores de CO2 (dióxido de carbono) y privilegiar zonas abiertas bien ventiladas, uso de terrazas, ventanas abiertas y ventiladores. Se recomienda que el nivel de sonido permita una conversación sin necesidad de gritar.
Centros nocturnos: casinos, cantinas y bares. Cierre a las 24:00 horas, con 50% de ocupación. Deberá observar el horario para la venta de bebidas alcohólicas. Se recomienda la instalación de medidores de CO2 (dióxido de carbono) y privilegiar zonas abiertas bien ventiladas. Uso de terrazas, ventanas abiertas y ventiladores. Se recomienda que el nivel de sonido permita una conversación sin necesidad de gritar.
Venta de bebidas alcohólicas: en envase cerrado o para consumo en el sitio (de acuerdo con la licencia correspondiente). Hasta las 23:00 horas, todos los días de la semana.
COMERCIO
Farmacias, dispensarios médicos. Horario de acuerdo con la licencia de funcionamiento. Únicamente para la venta de medicamentos, artículos alimenticios, de higiene y primera necesidad. Los demás artículos, en caso de contar con ellos, deberán ajustarse a los horarios de los diferentes rubros enlistados. Respetando los aforos de los “Supermercados y Tiendas de Conveniencia”.
Centros Comerciales. Abiertos de acuerdo con licencia de funcionamiento, con horario máximo de cierre a las 23:00 horas, 60% de ocupación, dos personas por familia.
Comercio en general y prestación de servicios profesionales, servicios financieros. Abiertos de acuerdo con licencia de funcionamiento, con horario máximo de cierre a las 23:00 horas, 75% de ocupación, dos personas por familia.
Supermercados y tiendas de conveniencia. Cierre a las 23:00 horas, con 50% de ocupación, dos personas por familia.
EVENTOS Y REUNIONES
Eventos masivos y centros recreativos: salones de eventos, conciertos, parques de diversiones, balnearios y ferias. Prohibición de eventos masivos y/o sociales, como bodas, bautizos, o fiestas, con asistencia mayor de 200 personas.
Se limitan las reuniones privadas a que se cumpla con la sana distancia de 1.5 metros entre cada asistente debiendo finalizar a las 23:00 horas, del día de su celebración. Privilegiar zonas abiertas bien ventiladas, el uso de terrazas, ventanas abiertas y ventiladores. Los conciertos, parques de diversiones, balnearios y ferias, con ocupación de 30%, apertura máxima hasta las 23:00 horas.
TURISMO
Hoteles y moteles. 75% de ocupación en cantidad de habitaciones, 75% de aforo en espacios comunes. Salones de eventos con aforo a 50%, observando lineamientos de “Eventos masivos”, privilegiando espacios abiertos, con ventilación natural. Los centros de consumo deberán observar mismos aforos y horarios que los “Restaurantes y/o cafeterías” y “Centros nocturnos”, así como la “Venta de bebidas alcohólicas”.
Tours turísticos a pie por la ciudad, al aire libre. Aforo máximo de 20 personas más los actores, uso obligatorio de cubreboca.
Recorridos Turísticos en el territorio estatal. Aforo máximo de 75% de la capacidad del vehículo durante el traslado, uso obligatorio de cubrebocas.
OTROS
Centros de entretenimiento: Cines, teatros, museos, galerías, academias y eventos culturales de hasta 500 localidades. Ocupación de 50%, horario de cierre hasta las 23:00 horas.
Centros Religiosos: iglesias, templos, sinagogas, mezquitas, etcétera, 50% de ocupación.
Peluquerías, estéticas y barberías. Ocupación a 75%, previa cita.
Parques, plazas y espacios públicos abiertos. Reducción de aforos a 75% de ocupación. Uso obligatorio de cubreboca.
Transporte público. Uso obligatorio de cubreboca y aplicación de producto sanitizante al ingresar al vehículo, ventilación abierta.
Industria manufacturera, establecimientos industriales. Observar los “Lineamientos técnicos específicos para la reapertura de las actividades económicas”, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2020. Sin restricción de horarios.
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